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San Nicolás (Capital Federal)
ABOGADOS Consulta Sin Cargo Capital Federal y Provincia de Buenos Aires 15 3184 1742 Derecho Laboral Despidos Trabajo en Negro Accidentes de Trabajo - ART Enfermedades Laborales Diferencias Salariales Suspensiones Moobing o Acoso Moral Daños y Perjuicios Accidentes de Tránsito Accidentes en la Vía Pública Accidentes en Espectáculos, Estadios de Futbol y Recitales Mala Praxis Derecho Penal -Consulta con Cargo- Defensas y Querellas Penales Eximición de Prisión Excarcelación Habeas Corpus Atenuación de la Prisión Preventiva Recursos Salidas Transitorias Libertad Condicional Derecho de Familia Sucesiones Divorcios Alimentos Tenencia Régimen de visitas Derecho Civil y Comercial Marcas y Patentes Contratos Alquileres Desalojos Cobro de Expensas Morosos - Veraz Ejecuciones Defensa del Consumidor Concursos y Quiebras Los invitamos a contactarse con nosotros si desean recibir más información respecto de nuestras áreas de práctica o acerca de nuestros profesionales y sus experiencias.
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Ciudad de Buenos Aires (Capital Federal)
Abogados laborales en capital federal, TEL : 4951-9873 / 4880-4839. CEL . 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP) ATENDEMOS EN AVENIDA CORRIENTES 1922, CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS. ASISTENCIA A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS VICTIMA DE UN DESPIDO CON CAUSA O SIN CAUSA VICTIMA DE LA NEGACION DE DERECHOS LABORALES OCACIONADO POR EL TRABAJO EN NEGRO. ASISTENCIA AL TRABAJADOR VICTIMA DE UN ACCDIENTE DE TRABAJO. DEFENSAS LABORALES CONTRA EL MOOBING, MAS CONOCIDO COMO EL ABUSO LABORAL, EL ACOSO, HOSTIGAMIENTO Y EL PERSEGUIMIENTO LABORAL. COBRO DE SALARIOS ADEUDADOS COBRO DE HORAS EXTRAS ADEUDADAS Señor trabajador, defienda sus derechos, defiéndase de su empleador, si usted fue despedido de su empleo, hay algo que debe usted tener bien presente, para poder defenderse y poder reclamar sus derechos laborales. Debe prestar mucha atención a lo que se dispone en el Art. 242 de la ley 20.744, ya que este artículo establece que el empleador podrá hacer denuncia del contrato de trabajo en caso de inobservancia por parte del trabajador de las obligaciones resultantes del mismo que configuren injuria y que, por su gravedad, no consienta la prosecución de LA RELACIÓN JURÍDICA LABORAL. El empleador siempre puede despedir al trabajador sin pagarle nada siempre que pueda probar y demostrar que el trabajador a incumplido con sus obligaciones laborales como trabajador de la empresa y que tales comportamientos configuran una injuria grave, en tal caso el despido es justificado. Pero si así no fuera, la empresa está obligada a pagarles a los trabajadores una indemnización por un despido que no puede ser demostrado como justificado, es decir que la empresa siempre debe paga la indemnización por despido cuando despida al trabajador sin causa o con una causa que no es grave y que no configura injuria. Por tal motivo señor trabajador, si usted fue despedido, reclame la indemnización que le corresponde, nosotros podemos ayudarlo a que le paguen la indemnización que le corresponde. Somos abogados laborales de gran trayectoria y asesoramos a los trabajadores sin cargo, las consultas son gratis y el asesoramiento el sin compromiso y sin cargo alguno. Solo cobramos al finalizar el reclamo legal a resultado favorable, es decir solo nos paga si usted cobra su indemnización ASESÓRESE CON NOSOTROS, EL ASESORAMIENTO ES SIN CARGO ALGUNO, CONTÁCTENOS A TRAVÉS DE NUESTROS TELÉFONOS FIJOS TEL: 4951-9873 / 15-3259-3054, O POR MEDIO DE NUESTRO CELULAR: 15-3259-3054. AQUÍ PUEDE ENVIARNOS MENSAJES DE WHATSAPP O LLAMARNOS LAS 24 HS TODOS LOS DIAS DEL AÑO. ASÍ MISMO PUEDE VISITAR NUESTRA PAGINA DE FACEBOOK Y ENVIARNOS CONSULTAS POR MENSAJES PRIVADOS Y SERÁN RESPONDIDAS A LA BREVEDAD PORQUE USTED SERA ATENDIDO POR UN ABOGADO LABORAL EN LINEA:https://www.facebook.com/estudioabogadoslaborales
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Balvanera (Capital Federal)
Bienvenido a Abogados Laborales en capital federal Comuníquese con nosotros a los teléfonos del estudio: 4951-9873/ 4880-4839 y por WHATSAPP o LLAMADAS AL CELULAR: 15-3259-3054 Usted como trabajador no sólo tiene obligaciones, sino que tiene DERECHOS que deben ser respetados y cumplidos. Somos especialistas en Derecho Laboral, y estamos para cubrir todas sus necesidades y consultas y protegerlo ante cualquier abuso del empleador, ya sea despido, trabajo en negro, accidentes de trabajo, acoso laboral, violencia, no pago de horas extras, diferencias de salarios Con más de 10 años de trayectoria, tenemos un equipo de trabajo dispuesto a defender sus derechos como trabajador. Comuníquese con nosotros a los teléfonos del estudio: 4951-9873/ 4880-4839 y por WHATSAPP o LLAMADAS AL CELULAR: 15-3259-3054 y así podremos asesorarlo en todos los aspectos que usted necesite. Recuerde que Ud. está libre de adelanto alguno. TRABAJAMOS EN CAPITAL Y PROVINCIA DE BUENOS AIRES REPRESENTACIÓN JURÍDICA EN CONCILIACIONES LABORALES Y EN JUICIOS LABORALES.ATENCIÓN ESTIMADO TRABAJADOR Y ESTIMADA TRABAJADORA, SI TIENE PROBLEMAS LABORALES, NO LO PIENSE MAS, ASESORÍA LABORAL INTEGRAL GRATUITA, AQUÍ ESTA EL “ ESTUDIO JURIDICO NARANJO HECTOR & ASOCIADOS” , PARA BRINDARLE ASISTENCIAL LEGAL COMPLETAMENTE GRATIS, AYUDARLO Y PARA ASESORARLO GRATUITAMENTE. AQUÍ CONTAMOS CON UN EQUIPO DE ABOGADOS LABORALES QUE LO ESTÁN ESPERANDO PARA ACOMPAÑARLO Y ACONSEJARLO LEGALMENTE, SIN CARGO ALGUNO. NOSOTROS LE GARANTIZAMOS A USTED EL ÉXITO DE LA GESTIÓN LEGAL, POR CUANTO SOLO LE COBRAMOS AL FINALIZAR EL RECLAMO LEGAL EL 20 % DE LA INDEMNIZACIÓN QUE USTED COBRA, SIN PEDIRLE ADELANTO Y SIN PEDIRLE GASTOS DE INICIO. USTED SOLO NOS PAGA SI OBTENEMOS RESULTADOS POSITIVOS Y FAVORABLES, EL 20% DE LA INDEMNIZACIÓN SI NOSOTROS LOGRAMOS QUE USTED COBRE LA INDEMNIZACIÓN QUE LE CORRESPONDE. RECLAMAMOS EL PAGO DE : A) indemnización por despido B) indemnización por trabajo en negro C) indemnización por accidentes de trabajo D) indemnización por enfermedad originada en el trabajo E) art F) licencia por enfermedad G) indemnización por acoso laboral H) horas extras impagos I) suspensiones J) diferencias de salarios K) indemnización por despido por maternidad L) indemnización por despido por matrimonio M) indemnización por despidos por enfermedad N) modificación de las condiciones laborales ATENDEMOS DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS. Redacción de telegramas laborales, redacción de cartas documentos laborales, redacción de demandas laborales, redacción de contestación de demandas laborales, realización de liquidaciones laborales. Resolvemos problemas de acoso laboral, horas extras impagas, suspensiones, diferencias de salarios, despidos, trabajo en negro, accidentes de trabajo, art, indemnización tel 49519873, 48804839 cel 1532593054 , LLAMADAS O WHATSAPP dirección avenida corrientes 1922,piso 9, oficina 94. Horario de atención lunes a viernes de 10 a 20 horas. Nuestros Servicios Profesionales abarcan todas las Áreas del Derecho Laboral: Despidos Indemnizaciones Trabajo en negro Apercibimientos – Sanciones Reclamos de regularización laboral Accidentes de Trabajo – Accidentes Laborales Conciliación Juicios laborales Vacaciones Aguinaldos Diferencias Salariales Trabajo de la mujer embarazada Igualdad laboral Acoso laboral Renuncias Telegramas y cartas documento Jornadas de trabajo Reclamo de Horas extras Acumulación de vacaciones Indemnizaciones por despido por matrimonio o embarazo Convenios colectivos de Trabajo Servicio Doméstico
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Argentina (Todas las ciudades)
Abogados para capital federal y provincia de buenos aires gba sur y oeste Consulte al 1158655690 por whatsapp Despido divorcio sucesion...176835289
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Ciudad de Buenos Aires (Capital Federal)
ESTUDIO JURIDICO LABORAL, ABOGADOS LABORALES , ABOGADOS LABORALISTAS, sumamente especialistas en resolver problemas DE DESPIDOS, TRABAJO EN NEGRO Y ACCIDENTES DE TRABAJO. TEL : 4951-9873 / 4880-4839.CEL . 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP) ATENDEMOS EN AVENIDA CORRIENTES 1922, CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, CONSULTE SIN CARGO POR SU PROBLEMA LABORAL. SEÑORES Y SEÑORAS TRABAJADORES: SI USTED FUE DESPEDIDO CON UNA CAUSA QUE LE IMPUTA LA EMPRESA Y ESA CAUSA ES FALSA, O ES UNA CAUSA QUE NO ES GRAVE O ES UNA CAUSA QUE YA FUE SANCIONADA, O DIRECTAMENTE USTED FUE DESPEDIDO SIN NINGUNA CAUSA, DEBE RECLAMAR LA INDEMNIZACION QUE LE CORRESPONDE POR UN DESPIDO INJUSTIFICADO, YA QUE CUANDO EL DESPIDO ES SIN CAUSA O CUANDO LA CAUSA UTILIZADA NO JUSTIFICA EL DESPDIO EL EMPLEADOR DEBE PAGA LA INDEMNIZACION POR EL DESPIDO. MAS DE 10 AÑOS DEFENDIENDO A LOS TRABAJDORES. SOMO ABOGADOS LABORALES EXPERTOS EN LA SOLUCION DE LOS RECLAMOS LABORALES. TENEMOS EXPERIENCIA, EFICIENCIA Y RESPONSABILIDAD. NOS DISTINGUE EL RESPETO Y LA CORDIALIDAD, ESTOS SON LOSPILARES FUNDAMENTALES DE NUESTRO ESTUDIO JURÍDICO LABORAL. Usted debe saber que será nulo todo contrato por el cual las partes hayan procedido con simulación o fraude a la ley laboral, sea aparentando normas contractuales no laborales, interposición de personas o de cualquier otro medio. En tal caso, la relación quedará regida por esta ley También debe saber el despido debe fundarse en hechos presentes y no pasados, por cuanto se considera legalmente al despido como a la última sanción al trabajador, como un último remedio (ultima ratio) al que no puede recurrirse sino en casos de verdadera necesidad. De lo contrario, el despido se juzga como arbitrario. Es Decir que, Sabiendo que el despido es la máxima sanción en el ámbito del contrato de trabajo, las supuestas inconductas o supuestos incumplimientos a los deberes laborales que se le puede imputar al trabajador , deben estar revestidos de una gravedad de tal naturaleza que hicieran imposible la prosecución del vínculo laboral POR ESO, NO LO PIENSE MAS Y RECLAME LOS DERECHOS QUE LE CORRESPONDEN. USTED PUEDE CONTAR CON NOSOTROS PARA RECLAMAR LA CORRECTA Y COMPLETA INDEMNIZACION POR DESPIDO. ADEMAS PUEDE RECLAMAR EL PAGO DE LA INDEMNIZACION POR: A) indemnización por despido B) indemnización por trabajo en negro C) indemnización por accidentes de trabajo D) indemnización por enfermedad originada en el trabajo E) art F) licencia por enfermedad G) indemnización por acoso laboral H) horas extras impagos I) suspensiones J) diferencias de salarios K) indemnización por despido por maternidad L) indemnización por despido por matrimonio M) indemnización por despidos por enfermedad N) modificación de las condiciones laborales ESTAMOS EN CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE. AVENIDA CORRIENTES 1922 ATENDEMOS DE 10 A 20 HS. DE LUNES A VIERNES TEL 49519873 TEL 48804839 CEL 1532593054 (WHATSAPP Y LLAMADAS)
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Corrientes (Corrientes)
Asuntos civiles: alimentos, régimen de comunicación, filiación; sucesiones; prescripciones; etc Asuntos penales: asistencia en comisaría, excarcelaciones, eximicion de prision
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Balvanera (Capital Federal)
ABOGADOS LABORALES ESPECIALISTAS EN RESOLVER PROBLEMAS DE TRABAJO EN NEGRO, DE DESPIDOS Y DE ACCIDENTES DE TRABAJO. TELEFONOS FIJOS DEL ESTUDIO: 4951-9873 / 4880-4839. CELULAR: 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP) ATENDEMOS EN NUESTRO ESTUDIO SITO EN LA CALLE. Avenida Corrientes 1922, piso 9, oficina 94, Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, ZONA ONCE DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS, solo llamadas o WhatsApp de 10 a 20 horas. SEÑOR TRABAJADOR SI USTED TIENE UN EMPLEO EN DONDE NO LE PAGAN CON RECIBO DE SUELDO, ES DECIR TRABAJO SIN ESTAR REGISTRADO EN LA AFIP COMO TRABAJADOR BAJO RELACIÓN DE DEPENDENCIA, MAS CONOCIDO COMO LA MODALIDAD DE TRABAJO EN NEGRO, Y TIENE CONFLICTOS EN SU TRABAJO O QUIERE QUE SI LO REGISTREN EN LA AFIP COMO TRABAJADOR EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA, ES DECIR SI USTED QUIERE QUE LA EMPRESA LO BAQUEE, NO LO DUDE MAS, Y CONTACTESE CON NOSOTROS. NOSOTROS LE EXPLICAREMOS EN FORMA DETALLADA QUE EL HECHO DE ESTAR TRABAJANDO EN NEGRO EN NADA CAMBIA EN LA DEFENSA DE LA LEY, YA QUE LA LEY PROTEGE A TODOS LOS TRABAJADORES POR IGUAL, YA SEA A LOS QUE ESTÁN TRABAJANDO EN BLANCO COMO A LOS QUE ESTÁN TRABAJANDO EN NEGRO. ASÍ MISMO LA LEY ESTABLECE UNA SERIE DE SANCIONES A TRAVÉS DE MULTAS A LA EMPRESA QUE TENGA TRABAJADORES TRABAJANDO EN NEGRO. USTED DEBE DEFENDERSE COMO CUALQUIER OTRO TRABAJADOR QUE TRABAJA EN BLANCO. AQUÍ EN NUESTRO ESTUDIO ASESORAMOS A TODOS LOS TRABAJADORES SIN CARGO. Y SI ES QUE USTED DECIDE QUE NOSOTROS TOMEMOS SU CASO, LE EXPLICAMOS QUE RECIÉN NOSOTROS LE COBRAREMOS AL FINALIZAR EL RECLAMO, NO ANTES. RECLAMAMOS EN PAGO DE: A) indemnización por despido B) indemnización por trabajo en negro C) indemnización por accidentes de trabajo D) indemnización por enfermedad originada en el trabajo E) art F) licencia por enfermedad G) indemnización por acoso laboral H) horas extras impagos I) suspensiones J) diferencias de salarios K) indemnización por despido por maternidad L) indemnización por despido por matrimonio M) indemnización por despidos por enfermedad N) modificación de las condiciones laborales ATENDEMOS DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, TELEFONOS FIJOS DEL ESTUDIO: 4951-9873 / 4880-4839. CELULAR: 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP) ATENDEMOS EN NUESTRO ESTUDIO SITO EN LA CALLE. Avenida Corrientes 1922, piso 9, oficina 94, Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, ZONA ONCE DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS, solo llamadas o WhatsApp de 10 a 20 horas.
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Ciudad de Buenos Aires (Capital Federal)
ABOGADOS LABORALES EN CAPITAL FEDERAL, PROFESIONALES EXPERIMENTADOS EN DERECHO DEL TRABAJO. TEL: 4951-9873 / 4880-4839. CEL. 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP) BRINDAMOS ASESORAMIENTO LABORAL INTEGRAL SIN CARGO ALGUNO Y SIN COMPROMISO Señor trabajador, conforme a lo que se establece en el artículo 55 de la ley de contrato de trabajo, la falta de exhibición o requerimiento judicial o administrativo del libro, registro, planilla u otros elementos de contralor previstos por los artículos 52 y 54 de la ley 20.744 será tenida como presunción a favor de las afirmaciones del trabajador o de sus causa-habientes, sobre las circunstancias que debían constar en tales asientos. Esto quiere decir que la presunción del artículo 55 de la ley de contrato de trabajo lleva a tener por ciertas las denuncias del trabajador contra el empleador, relativas no sólo la remuneración, sino también la categoría laboral invocada por el trabajador, incumbiendo al empleador la prueba en contrario. Si el empleador hubiere incurrido en la situación prevista en el artículo 55 de la ley de contrato de trabajo, deben tenerse por ciertos los extremos que alega el trabajador y que debían constar en los registros respectivos de acuerdo con el artículo 52 de la ley 20.744 , entre los que figuran: fecha de ingreso y egreso; remuneraciones asignadas y percibidas y demás datos que permitan una exacta evaluación de las obligaciones a cargo del empleador, debiendo correlacionarse las falencias como presunciones a favor de la postura del reclamante, con los contenidos que debían poseer los recibos de acuerdo con los artículos 140 y 141 de la ley de contrato de trabajo . Señor trabajador y Señora trabajadora si a usted le están pagando de menos en su trabajo, si usted trabaja en negro, si usted trabaja en blanco y le pagan en blanco y en negro, si usted hace horas extras y la empresa no les paga las horas extras correspondientes, si a usted no le reconocen la verdadera categoría laboral suya, si usted sufrió un accidente de trabajo, reclame legalmente la regularización de sus derechos laborales , no permita que la empresa y la ART, lo atropellen y avasallen sus derechos , nosotros somos abogados laborales y realizamos todo tipo de telegramas laborales para reclamar que la empresa regularice su situación laboral y le paguen su sueldo como corresponde conforme a lo que se establece en la en la ley para cada actividad, para ello se le establece a la empresa un plazo legal de 48 horas para que regularicen su situación laboral y le paguen todo el dinero que le deben en concepto de diferencias de salarios, horas extras, despido, accidente de trabajo , y si transcurridos las 48 hs la empresa guarda silencio, no regularizo su situación o niega adeudarle dinero alguno, nosotros accionamos legalmente y judicial para conseguir que la empresa le pague todo el dinero que le debe Nosotros realizamos reclamos laborales, y solo le cobramos al finalizar el reclamo legal cuando usted recibe su indemnización de : 1) indemnización por despido 2) indemnización por trabajo en negro 3) indemnización por accidentes de trabajo 4) indemnización por enfermedad originada en el trabajo 5) art 6) licencia por enfermedad 7) indemnización por acoso laboral 8) horas extras impagos 9) suspensiones 10) diferencias de salarios 11) indemnización por despido por maternidad 12) indemnización por despido por matrimonio 13) indemnización por despidos por enfermedad 14) modificación de las condiciones laborales TELEFONOS FIJOS DEL ESTUDIO: 4951-9873 / 4880-4839. CELULAR: 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP) ATENDEMOS EN NUESTRO ESTUDIO SITO EN LA CALLE AVENIDA CORRIENTES 1922, PISO 9, OFICINA 94. CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS
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Balvanera (Capital Federal)
ABOGADOS LABORALES EN CAPITAL FEDERAL, LETRADOS LABORALES DEDICADOS EXCLUSIVAMENTE A RESOLVER PROBLEMAS LABORALES. SOLUCIONAMOS CUALQUIER CONFLICTO LABORAL, DESPIDOS, TRABAJO EN NEGRO, ACCIDENTES DE TRABAJO, HORAS EXTRAS. Consultorio jurídico laboral CONSULTE GRATUITAMENTE SOBRE SU CONFLICTO LABORAL EN LA EMPRESA TEL: 4951-9873 / 4880-4839.CEL. 15-3259-3054 (LLAMADAS O WHATSAPP) Señor trabajador: será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en la ley 20.744, los estatutos profesionales, las convenciones colectivas o los contratos individuales de trabajo, ya sea al tiempo de su celebración o de su ejecución, o del ejercicio de derechos provenientes de su extinción.
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ABOGADOS LABORALES CAPITAL Y PROVINCIA BUENOS AIRES ACCIDENTE DE TRABAJO DESPIDOS   RECLAME UNA INDEMNIZACIÓN ACUERDOS - CONCILIACIONES   Consúltenos hoy mismo!   CONSULTA Personal SIN CARGO        Trabajamos en Capital Federal y Gran Buenos Aires.                     Tel./Fax:                Visite nuestro blog: http://www.abogadosdelempleado.blogspot.com.ar/                 
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San Nicolás (Capital Federal)
Abogados especialistas en Derecho Penal. Actuación en todos los fueros de la Capital Federal y Pcia. de Buenos Aires. Práctica en todas las etapas del proceso (Instrucción-Juicio Oral-Ejecución de la pena). Defensas - Querellas - Asesoramiento Legal. CONSULTAS SIN CARGO
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Argentina (Todas las ciudades)
Abogados especialistas en derecho laboral, cuya prestación de servicios comprende: -Despidos. -Trabajos en negro y mal registrados. -Irregul...184257849
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Estudio Jurídico AVG, ubicado en Capital Federal, constituido por un buffet interdiciplinario de abogados, ofrece sus servicios: FAMILIA: divorcios express, divorcios controvertidos, divisiones de bienes, unión convivencial (concubinato), alimentos, ejecución de deudas por alimentos atrasados, régimen de comunicación (visitas), responsabilidad parental (tenencia) sucesiones, adopciones, filiaciones, permisos para viaje al exterior con menores. LABORAL: despidos, trabajo en negro, accidentes laborales, reclamos a ART, reclamos al empleador. CIVIL: daños y perjuicios, accidente de transito, contratos de locación, contratos en general, inquilinos morosos. recupero de deudas EXTRAJUDICIAL y JUDICIAL. Reclamos en general. REPARACION HISTORICA. Consultas llamando / whatts app: 1563645635 de 9 a 20 horas. Atendemos urgencias. Primer consulta sin cargo.Consulte su caso !!!!!
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